Grupo Mercado Común
Mercosur - Clasificación de Mercaderías - Norma transitoria
Resolución Nº 81/93 - GMC Colonia, 17 de Enero de 1994 NORMA TRANSITORIA SOBRE CLASIFICACION ARANCELARIAS DE MERCADERIAS VISTO: El Art. 13 del Tratado de Asunción, el Art. 10 de la Decisión Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común, la Recomendación Nº 45/93 del Subgrupo de Trabajo Nº 2 "Asuntos Aduaneros". CONSIDERANDO: La necesidad de contar, a partir del 1 de febrero de 1994, con una Norma Transitoria para la Armonización de Tramitación de Decisiones, Criterios y Opiniones de carácter general sobre Clasificación Arancelaria de Mercaderías. EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: ART. 1º.- Aprobar la Norma Transitoria para la Armonización de Tramitación de Decisiones, Criterios y Opiniones de carácter general sobre Clasificación Arancelaria de Mercaderías que figura como Anexo a la presente Resolución. ART. 2º.- La presente Resolución entrará en vigor el 1 de febrero de 1994. Los anexos de las actas del Grupo Mercado Común y del Consejo del Mercado Común se encuentran a disposición del público en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto sito en la calle Reconquista 1088 Piso 11 y en la sede central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).
Resolución Nº 81/93 - GMC Colonia, 17 de Enero de 1994 NORMA TRANSITORIA SOBRE CLASIFICACION ARANCELARIAS DE MERCADERIAS VISTO: El Art. 13 del Tratado de Asunción, el Art. 10 de la Decisión Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común, la Recomendación Nº 45/93 del Subgrupo de Trabajo Nº 2 "Asuntos Aduaneros". CONSIDERANDO: La necesidad de contar, a partir del 1 de febrero de 1994, con una Norma Transitoria para la Armonización de Tramitación de Decisiones, Criterios y Opiniones de carácter general sobre Clasificación Arancelaria de Mercaderías. EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: ART. 1º.- Aprobar la Norma Transitoria para la Armonización de Tramitación de Decisiones, Criterios y Opiniones de carácter general sobre Clasificación Arancelaria de Mercaderías que figura como Anexo a la presente Resolución. ART. 2º.- La presente Resolución entrará en vigor el 1 de febrero de 1994. Los anexos de las actas del Grupo Mercado Común y del Consejo del Mercado Común se encuentran a disposición del público en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto sito en la calle Reconquista 1088 Piso 11 y en la sede central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).