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Norma del MERCOSUR

Grupo Mercado Común

Resolución No. 00015/2022
(Fecha: 20-7-2022)

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA DE LA “GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS MERCOSUR Y PROCEDIMIENTOS MERCOSUR DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD” (COMPLEMENTACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 30/21)

MERCOSUR/GMC/RES. N° 15/22

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA DE LA “GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS MERCOSUR Y PROCEDIMIENTOS MERCOSUR DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD” (COMPLEMENTACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 30/21)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 58/00 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 38/98, 45/17, 57/18 y 30/21 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la Resolución GMC N° 30/21 aprobó laGuía para la elaboración de Reglamentos Técnicos MERCOSUR y Procedimientos MERCOSUR de Evaluación de la Conformidad”.

Que resulta conveniente promover la facilitación de comercio de productos mediante el reconocimiento de conformidad evaluada por tercera parte.

Que los esquemas de certificación propuestos por la Organización Internacional de Normalización (ISO) son un instrumento necesario para las relaciones comerciales con terceros países y para los reconocimientos recíprocos requeridos en dichas relaciones.

Que, asimismo, ha habido cambios en la norma NM ISO/IEC 17.000:2020 - Evaluación de la conformidad- Vocabulario y principios generales, que modifican definiciones/conceptos de evaluación de la conformidad.

Que resulta conveniente adecuar el tratamiento de la certificación en el ámbito del MERCOSUR a las actualizaciones internacionales.

EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:

Art. 1 - Los Subgrupos de Trabajo y los demás ámbitos de la estructura institucional del MERCOSUR, cuando utilicen la “Guía para la elaboración de Reglamentos Técnicos MERCOSUR y Procedimientos MERCOSUR de Evaluación de la Conformidad” aprobada por Resolución GMC N° 30/21, deben tener en cuenta lo siguiente:

1. Aplicar los esquemas de certificación descriptos por la Organización Internacional de Normalización (ISO) en la norma NM ISO/IEC 17067:2015 para la elaboración de Procedimientos MERCOSUR de Evaluación de la conformidad que utilicen los esquemas de certificación.

2. Tomar las definiciones a ser utilizadas de la Resolución GMC Nº 57/18, complementada por las definiciones de la NM ISO/IEC 17000:2020 - Evaluación de la conformidad - Vocabulario y principios generales.

3. Tomar como base para las marcas de conformidad la norma ISO/IEC 17030:2021 - Conformity assessment - General requirements for third-party marks of conformity

4. Tomar como base para los organismos que realizan ensayos la norma ISO/IEC 17025 - Requisitos generales para la competencia de laboratorios de ensayos y calibración en su versión vigente.

5. Tomar como base para los organismos de certificación la norma ISO/IEC 17065 Evaluación de la conformidad - Requisitos para organismos que certifican productos, procesos y servicios en su versión vigente.

Art. 2 - La presente Resolución se aplica a los bienes y servicios con conformidad evaluada por tercera parte, certificación, en el ámbito del MERCOSUR, que se comercializan intrabloque y extrazona.

Art. 3 - Los Subgrupos de Trabajo y los demás ámbitos de la estructura institucional del MERCOSUR deben tener en cuenta lo previsto en la presente Resolución al elaborar propuestas sobre certificación de productos y/o procesos y/o servicios, a fin de adecuar el tratamiento de la certificación en el ámbito del MERCOSUR a las actualizaciones internacionales.

Art. 4 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

GMC (Dec. CMC N° 20/02, Art. 6) - Asunción, 20/VII/22.

MERCOSUR/GMC/RES. N° 15/22

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA DE LA “GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS MERCOSUR Y PROCEDIMIENTOS MERCOSUR DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD” (COMPLEMENTACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 30/21)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 58/00 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 38/98, 45/17, 57/18 y 30/21 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la Resolución GMC N° 30/21 aprobó laGuía para la elaboración de Reglamentos Técnicos MERCOSUR y Procedimientos MERCOSUR de Evaluación de la Conformidad”.

Que resulta conveniente promover la facilitación de comercio de productos mediante el reconocimiento de conformidad evaluada por tercera parte.

Que los esquemas de certificación propuestos por la Organización Internacional de Normalización (ISO) son un instrumento necesario para las relaciones comerciales con terceros países y para los reconocimientos recíprocos requeridos en dichas relaciones.

Que, asimismo, ha habido cambios en la norma NM ISO/IEC 17.000:2020 - Evaluación de la conformidad- Vocabulario y principios generales, que modifican definiciones/conceptos de evaluación de la conformidad.

Que resulta conveniente adecuar el tratamiento de la certificación en el ámbito del MERCOSUR a las actualizaciones internacionales.

EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:

Art. 1 - Los Subgrupos de Trabajo y los demás ámbitos de la estructura institucional del MERCOSUR, cuando utilicen la “Guía para la elaboración de Reglamentos Técnicos MERCOSUR y Procedimientos MERCOSUR de Evaluación de la Conformidad” aprobada por Resolución GMC N° 30/21, deben tener en cuenta lo siguiente:

1. Aplicar los esquemas de certificación descriptos por la Organización Internacional de Normalización (ISO) en la norma NM ISO/IEC 17067:2015 para la elaboración de Procedimientos MERCOSUR de Evaluación de la conformidad que utilicen los esquemas de certificación.

2. Tomar las definiciones a ser utilizadas de la Resolución GMC Nº 57/18, complementada por las definiciones de la NM ISO/IEC 17000:2020 - Evaluación de la conformidad - Vocabulario y principios generales.

3. Tomar como base para las marcas de conformidad la norma ISO/IEC 17030:2021 - Conformity assessment - General requirements for third-party marks of conformity

4. Tomar como base para los organismos que realizan ensayos la norma ISO/IEC 17025 - Requisitos generales para la competencia de laboratorios de ensayos y calibración en su versión vigente.

5. Tomar como base para los organismos de certificación la norma ISO/IEC 17065 Evaluación de la conformidad - Requisitos para organismos que certifican productos, procesos y servicios en su versión vigente.

Art. 2 - La presente Resolución se aplica a los bienes y servicios con conformidad evaluada por tercera parte, certificación, en el ámbito del MERCOSUR, que se comercializan intrabloque y extrazona.

Art. 3 - Los Subgrupos de Trabajo y los demás ámbitos de la estructura institucional del MERCOSUR deben tener en cuenta lo previsto en la presente Resolución al elaborar propuestas sobre certificación de productos y/o procesos y/o servicios, a fin de adecuar el tratamiento de la certificación en el ámbito del MERCOSUR a las actualizaciones internacionales.

Art. 4 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

GMC (Dec. CMC N° 20/02, Art. 6) - Asunción, 20/VII/22.