ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Administración Federal de Ingresos Públicos
ADUANAS
Resolución General 2603
Directiva de la Comisión de Comercio del MERCOSUR Nº 32/08 (CCM). “Norma de Control Aduanero en las Administraciones Aduaneras del MERCOSUR”. Su incorporación al ordenamiento jurÃdico interno.
Bs. As., 5/5/2009
VISTO la Actuación SIGEA Nº 13659-13-2009 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Comercio del MERCOSUR, en su carácter de órgano encargado de asistir al Grupo Mercado Común y contribuir para la utilización de instrumentos de polÃtica comercial común, dictó la Directiva Nº 32/08 (CCM) del 13 de noviembre de 2008, a fin de establecer la normativa que las Administraciones Aduaneras de los Estados Partes aplicarán para el control de las operaciones del comercio exterior.
Que la referida medida tiende a la aplicación de procedimientos de control aduanero eficientes e inteligentes que permitan asegurar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras y tributarias.
Que esta directiva se sustenta en las Decisiones Nº 50 del 16 de diciembre de 2004 y Nº 26 del 15 de diciembre de 2006, ambas del Consejo del Mercado Común (CMC).
Que corresponde incorporar al ordenamiento jurÃdico nacional la mencionada Directiva Nº 32/08 (CCM), conforme a lo previsto en su ArtÃculo 2°.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos JurÃdicos, de Control Aduanero, Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el ArtÃculo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
ArtÃculo 1º — Incorpórase al ordenamiento jurÃdico nacional la Directiva Nº 32 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR del 13 de noviembre de 2008 “Norma de Control Aduanero en las Administraciones Aduaneras del MERCOSUR”, la cual se consigna en el Anexo que se aprueba y forma parte de la presente.
Art. 2º — RegÃstrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publÃquese en el BoletÃn de la Dirección General de Aduanas. RemÃtase copia al Grupo Mercado Común -Sección Nacional-, a la SecretarÃa Administrativa de la ALADI (Montevideo R.O.U.) y a la SecretarÃa del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones de Aduanas de América Latina, España y Portugal (México D.F.). Cumplido, archÃvese. — Ricardo Echegaray.
ANEXO DE LA RESOLUCION GENERAL Nº 2603
— FE DE ERRATAS —
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Resolución General 2603
En la edición del 11/05/2009 en la página Nº 27 en la que se publicó la Resolución General 2603 se deslizó el siguiente error de imprenta:
DONDE DICE
Administración Federal de Ingresos Públicos
ADUANAS
Resolución General 2603
ArtÃculo 19
DEBE DECIR:
Administración Federal de Ingresos Públicos
ADUANAS
Resolución General 2603
SECCION II -AUDITORIAS
ArtÃculo 19