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Norma de Argentina

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Resolución No. 03560/2013
(B.Oficial: 9-12-2013)

Sistema Informático Malvina.   Descargue el PDF

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Resolución General 3560

Sistema Informático Malvina.

Bs. As., 5/12/2013

VISTO el Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el Comercio Global (SAFE) de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), y

CONSIDERANDO:

Que el Sistema Informático MARIA, desarrollado bajo una arquitectura informática de la década del 80, cumplió eficazmente con las metas para las que fue diseñado al reemplazar el registro manual hasta entonces vigente.

Que, asimismo, logró el mejoramiento de los procedimientos técnicos, operativos y de control aduanero, objetivos prioritarios tenidos en cuenta por la Aduana Argentina en sus últimas administraciones.

Que en los años 90, los principios definidos por la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y la dinámica del comercio internacional, marcada por la competitividad y la globalización, exigieron a las administraciones aduaneras mayores esfuerzos en la facilitación del comercio internacional, estableciéndose procesos que simplificaron los trámites y operaciones aduaneras sin descuidar su control.

Que la evolución del comercio internacional ha generado un nuevo marco global que exige a las aduanas la utilización de adelantos tecnológicos para poder ejercer sus funciones de control, a partir de una gestión del riesgo inteligente, sin dejar de tener presente la facilitación del intercambio comercial.

Que en cumplimiento de tales objetivos esta Administración Federal, en el marco de un proceso de mejora continua y haciendo uso intensivo de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, viene desarrollando procesos basados en la simplificación de los procedimientos aduaneros, buscando principalmente la calidad e integridad de la información, bajo los más altos estándares de seguridad y confiabilidad, así como controles aduaneros más eficientes.

Que este contexto exigió el desarrollo de nuevos módulos para atender funcionalidades no contempladas en el Sistema Informático MARIA, así como de nuevas herramientas, tales como la de “Gestión de Autorizaciones Electrónicas” y la de “Ratificación de la autoría de las destinaciones y operaciones aduaneras”, y avanzar paulatinamente hacia una “Aduana con menos papeles”.

Que, en el citado marco, y como complemento de las normas tendientes a modernizar la gestión aduanera, se desarrolló el módulo de “Digitalización de la Documentación Aduanera”, incorporando la figura del “Depositario Fiel”, quien en su carácter de declarante, asume el compromiso de la tenencia, custodia y digitalización de los legajos de la declaración aduanera, permitiendo el acceso a la documentación en forma remota, estableciéndose paulatinamente un nuevo paradigma de fiscalización.

Que, asimismo, se implementaron otros módulos interrelacionados al Sistema Informático MARIA, como el “Seguimiento de Cobros (de Divisas) de Exportaciones (SECOEXPO) y “Seguimiento de Pagos (de Divisas) de Importaciones” (SEPAIMPO) que permiten el intercambio de información entre esta Administración Federal y el Banco Central de la República Argentina (BCRA), el módulo “Iniciativa de Seguridad en Tránsito Aduanero (ISTA)” que permite la trazabilidad de los traslados y tránsitos terrestres de importación que circulen por el territorio nacional, el módulo “Sistema Informático del Tránsito Internacional Aduanero (SINTIA)” que posibilita el intercambio electrónico de información entre las administraciones aduaneras y el módulo “Sistema INDIRA” implementado entre los Estados Partes del MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay), por el cual efectúan el intercambio de información internacional en línea, permitiendo analizar los riesgos sobre bases más efectivas, mejorando los controles a lo largo de la cadena logística internacional, entre otros módulos.

Que a partir del dictado del Decreto Nº 378/2005 que aprobó los lineamientos estratégicos que deberán regir el Plan Nacional de Gobierno Electrónico y de los nuevos retos que debe afrontar la aduana, es preciso encarar una nueva etapa en la prestación del servicio aduanero que requiere adoptar aquellas medidas que, en un proceso de mejora y desarrollo continuo, se encuentran previstas dentro del plan estratégico 2011/2015 de esta Administración Federal, correspondiente al presente año y al 2014.

Que, en concordancia con todo lo señalado, la integración y articulación de los citados módulos, así como los que se implementarán, conformarán el Sistema Informático MALVINA (SIM), lo que permitirá optimizar y dar mejores respuestas a las necesidades actuales de la aduana y del comercio exterior.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación y de Sistemas y Telecomunicaciones y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1° - Aprúebase el Sistema Informático MALVINA (SIM) el cual estará conformado por los módulos que se consignan en el Anexo I y los que en el futuro se incorporen.

Art. 2° - Establécese como cronograma de implementación de los nuevos módulos, etapas y servicios del Sistema Informático MALVINA (SIM), el que se indica en el Anexo II.

Art. 3° - En los actos emanados de esta Administración Federal, cuando se cite al sistema informático aduanero corresponderá identificarlo como Sistema Informático MALVINA (SIM).

Toda referencia que las normas vigentes hagan al sistema informático aduanero se considerará hecha al Sistema Informático MALVINA (SIM).

Art. 4° - Apruébanse los Anexos I y II que forman parte de la presente.

Art. 5° - Esta resolución general entrará en vigencia a partir del primer día hábil administrativo inmediato siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.

Art. 6° - Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. - Ricardo Echegaray.

ANEXO I

(Artículo 1°)

MODULOS DEL SISTEMA MALVINA

• Mis Operaciones Aduaneras (MOA)

• Registros Especiales Aduaneros. Integración en el Sistema Registral de la AFIP

• Recaudación Electrónica a través de toda la red bancaria. (Volantes Electrónicos de Pago)

• Planes de Facilidades. Integración de planes de facilidades de pago Impositivos, Aduaneros y de los Recursos de la Seguridad Social

• Seguimientos de cobros de operaciones de exportación (SECOEXPO) y de pagos de deudas de operaciones de importación (SEPAIMPO)

• Sistema de Tránsito Internacional Aduanero (SINTIA)

• Iniciativa de Seguridad en Tránsito Aduanero (ISTA)

• Intercambio de Información de los Registros Aduaneros (INDIRA)

• Archivo y Digitalización de la Declaración Aduanera (Depositario Fiel)

• Administración de Poderes y Autorizaciones Electrónicas

• Ratificación de Autoría de Declaraciones Aduaneras

• Sistema de Rezagos para Donaciones (SIREME)

• Garantías electrónicas. Integración en el Sistema Unico de Garantías de la AFIP (SUG)

• Seguimiento del Valor Declarado (MOSEVA)

• Declaración del Valor de Importaciones

• Declaración Simplificada de Importación y Exportación (COURRIER)

• Entrada y Salida de vehículos por frontera (ENYSA)

• Registro de infractores

• Operador Logístico Seguro (OLS)

• Sistema Aduanero de Operadores Confiables (SAOC)

• Régimen de Aduanas en Factoría (RAF)

• Recintos físicos georreferenciados (Coraza Electrónica)

• Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA)

ANEXO II

(Artículo 2°)

NUEVOS MODULOS DEL SISTEMA MALVINA

CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACION