Normas de Argentina

Solicitud de Asesoramiento por Dumping/Subvención/Salvaguardias

Cuadragésima Novena Exposición Feria Internacional del Libro de Buenos Aires.

Sustituyese el Articulo 451 del Capitulo VI “Alimentos carneos y afines” del Codigo Alimentario Argentino.

Sustituyese el Articulo 735 del Capitulo IX, Alimentos Farinaceos del Codigo Alimentario Argentino.

Sustituyese el Articulo 696 del Codigo Alimentario Argentino.

Incorporase el Articulo 1107 bis al Codigo Alimentario Argentino.

Sustituyese el Articulo 785 del Capitulo X “Alimentos azucarados” del Codigo Alimentario Argentino.

Dáse a las firmas ECA S.A. (CUIT Nº 30-56116760-1) y S.A. TUCUMÁN TRAPANI (CUIT Nº 30- 71839279-5) el carácter de adherentes al ACUERDO DE SUSPENSIÓN e incorpórense al sistema de monitoreo de exportaciones de jugo concentrado de limón a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Los productos médicos importados y sus accesorios no podrán ingresar al país cuando su fecha de vencimiento sea inferior a 6 (SEIS) meses.

Procedimiento. Regímenes de emisión de comprobantes. Documentación relativa al traslado y entrega de productos. Resolución General N° 1.415. Norma modificatoria y complementaria.