Comisión de Comercio del MERCOSUR
DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN EN EL MARCO DE LA DECISIÓN CMC Nº 03/03
MERCOSUR/CCM/DIR. N° 74/19
DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN EN EL MARCO DE LA DECISIÓN CMC Nº 03/03
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión No 03/03 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario establecer la Clasificación Arancelaria de la siguiente mercadería:
- “Pulverizador de plástico, constituido por pulsador, boquilla (tobera), pistón, resorte de acero, tubo surtidor y tapa con rosca, de los tipos utilizados para ser montados en el cuello de envases, para proyectar perfume u otros líquidos, comercialmente denominado «spray pump»".
LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Aprobar el Dictamen de Clasificación Arancelaria No 01/19 del Comité Técnico No 1 de esta Comisión, que consta como Anexo de la presente Directiva.
Art. 2 - Los Estados Partes del MERCOSUR deberán incorporar la presente Directiva a sus ordenamientos jurídicos nacionales hasta el día 01/III/2020.
CLXX CCM - Montevideo, 20/XI/19.
MERCOSUR/CCM/DIR. N° 74/19
DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN EN EL MARCO DE LA DECISIÓN CMC Nº 03/03
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión No 03/03 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario establecer la Clasificación Arancelaria de la siguiente mercadería:
- “Pulverizador de plástico, constituido por pulsador, boquilla (tobera), pistón, resorte de acero, tubo surtidor y tapa con rosca, de los tipos utilizados para ser montados en el cuello de envases, para proyectar perfume u otros líquidos, comercialmente denominado «spray pump»".
LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Aprobar el Dictamen de Clasificación Arancelaria No 01/19 del Comité Técnico No 1 de esta Comisión, que consta como Anexo de la presente Directiva.
Art. 2 - Los Estados Partes del MERCOSUR deberán incorporar la presente Directiva a sus ordenamientos jurídicos nacionales hasta el día 01/III/2020.
CLXX CCM - Montevideo, 20/XI/19.