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Norma de Argentina

LEYES Y/O DECRETOS

Decreto No. 00100/2012
(B.Oficial: 31-1-2012)

Anexo IX - Cronograma de desgravación de los Derechos de Exportación para los Cueros   Descargue el PDF

Decreto Nº 100/2012

ANEXO IX

Cronograma de desgravación de los Derechos de Exportación para los Cueros

NCM Observaciones Anexo de la
Resolución
ex-MEYOSP
N° 537/92
Derechos
de
exportación
a partir de:
01/01/2012 31/12/2015
4101.20.00,
4101.90.20 y
4101.90.30
Excepto las pieles de bovinos secas sin vestigio de tratamiento con sales I 5 0
4101.50.10,
4101.50.20 y
4101.50.30
Frescos o salados verdes (húmedos) I 5 0
4101.90.10,
4101.90.20 y
4101.90.30
Frescos o salados verdes (húmedos) I 5 0
4101.50,10 y
4101.90.10
Conservados de otro modo, excepto cueros vacunos secos sin vestigio de tratamiento con sales II 5 0
4101.50.20 y
4101.90.20
Conservados de otro modo II 5 0
4101.50.30 y
4101.90.30
Conservados de otro modo, excepto descarnes de cueros- vacunos piquelados II 5 0
4104.11.11 y
4104.11.21
II 5 0
4104.19.10 Excepto descarnes de cueros vacunos "Wet-Blue" II 5 0
4104.11.13,
4104.11.23 y 
4104.19.30
II 5 0
4104.11.14, y
4104.11.24
II 5 0
4104.19.40 Excepto descarnes de cueros vacunos "Wet-Blue" II 5 0
4104.41.10,
4104.41.30,
4104.49.10 y 4104.49.20
Excluidos cueros y pieles recurtidos y engrasados, blanqueados o coloreados en baño, previo al secado II 5 0
4104.49.10 y 4104.49.20 Excluidos cueros y pieles divididos sin la flor (descarnes) II 5 0

NOTA: Quedan excluidos del presente cronograma las pieles y cueros equinos