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Norma de Argentina

ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS

Circular No. 00783/1993
(B.Oficial: --)

Empresas Courrier - Instrucción Dto.1187/93 - Tasa Postal   Descargue el PDF
Empresas Courrier - Instrucción Dto.1187/93 - Tasa Postal
  

Empresas Courrier - Instrucción Dto.1187/93 - Tasa Postal

Circular Telex Nº 783/93 Buenos Aires, 1º de Julio de 1993.- De acuerdo con el Decreto Nro. 1187/93 se instruye: 1)  A   partir  del   01/07/93  inclusive,  queda  sin  efecto  la intervención de  la autoridad  postal y  el pago de la Tasa Postal para  la   importación  y   la  exportación   de  las  mercaderías transportadas por empresas de courrier. 2) Las empresas courrier habilitadas hasta el 31/06/93 continuarán operando. 3) La  autorización de  nuevas empresas  solo se  otorgará  previa acreditación  de   su  inscripción  en  el  Registro  Nacional  de Prestadores de Servicios Postales (Art. 10º Decreto Nro. 1187/93) 4)  Elimínase   el  límite   de  valor   de   Tres   Mil   Dólares Estadounidenses (U$S  3.000.-) para  el transporte  de encomiendas por Empresas Courrier. (Art. 4º - Decreto Nro. 1187/93). 5)  Las   encomiendas  hasta   tres  mil   dólares estadounidenses (U$S 3.000), se despacharán mediante el Formulario OM-1125-S. 6) Para  encomiendas que  superen el  valor de  tres  mil  dólares estadounidenses (U$S 3.000), se utilizará el Formulario OM-680-A. 7) La  Resolución Nro.  133/91 y su modificatoria Nro. 249/92 y la Circular Télex Nro. 497/92 serán de aplicación en todo aquello que no se oponga a la presente. Fdo.: LIC. GUSTAVO ANDRES PARINO      Administrador Nacional De Aduanas