ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS
Resolución Nº 1575/96 - ANA Buenos Aires, 7 de mayo de 1996.- VISTO la Resolución Nº 2708/93 y la Nota ANMA Nº 630/96 del Sistema Informático MARIA, y CONSIDERANDO: Que por la misma, se aprobó el formulario OM-1993 SIM "Formulario Unico" y OM-1993 SIM "Hoja Continuación". Que se hace necesario introducir modificaciones en virtud de la práctica obtenida como asà también ante la posibilidad técnica de emplear papel no continuo y mecanismos de impresión por computadora diferentes a los previstos a la fecha. Que la presente se encuentra enmarcada dentro del plan de adecuación de la declaración del Sistema Informático MARIA el cual prevé una continua actualización de los datos contenidos en los formularios, siendo ésta la primer etapa de actualización. Que la presente no implica desechar el Formulario Unico OM-1993 SIM de papel continuo el que mantendrá vigencia hasta la implementación de una etapa posterior. Que la presente se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Art. 23, incs. i) de la Ley 22.415. Por ello, EL ADMINISTRADOS NACIONAL DE ADUANAS RESUELVE: ART. 1º.- Sustituir los Anexos I "A" de la Resolución Nº 2708/93 por el Anexo I "B" INDICE TEMATICO, que se aprueba por la presente. ART. 2º.- Aprobar el FORMULARIO UNICO OM-1993 SIM y OM-1993 SIM HOJA CONTINUACION para impresora láser, que pasará a incorporarse como Anexo X a la Resolución Nº 2708/93. ART. 3º.- Aprobar las CARACTERISTICAS DEL FORMULARIO UNICO 1993-SIM y OM-1993 SIM Hoja Continuación para impresora láser, que pasará a incorporarse como Anexo XI a la norma citada en el artÃculo precedente. ART. 4º.- Aprobar los REQUERIMIENTOS MINIMOS PARA IMPRESORAS LASER, que pasará a incorporarse como Anexo XII a la Resolución Nº 2708/93. ART. 5º.- Los usuarios que no poseen impresoras láser podrán seguir utilizando el Formulario Unico OM-1993 SIM y Hoja Continuación de papel continuo, vigente. ART. 6º.- La presente resolución comenzará a regir a partir del 20 de mayo de 1996. ART. 7º - RegÃstrese. PublÃquese en el BoletÃn Oficial y en el de esta Administración Nacional. RemÃtase copia a la SubsecretarÃa de Ingresos Públicos, SecretarÃa del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Dirección de Aduanas de América Latina, España y Portugal (México - D.F.). Cumplido, archÃvese. Fdo.: Walter Defortuna ANEXO I - "B" INDICE TEMATICO [T] ANEXO II "A" FORMULARIO UNICO OM-1993 S.I.M. ANEXO III "A" CARACTERISTICAS DEL FORMULARIO OM-1993 SIM Y HOJA CONTINUACION. ANEXO IV "A" DATOS DEL FORMULARIO UNICO ANEXO V SOBRE CONTENEDOR OM-2133 S.I.M. ANEXO VI CARACTERISTICAS DEL FORMULARIO OM-2133 ANEXO VII NORMAS DE INTEGRACION DEL SOBRE CONTENEDOR ANEXO VIII FORMULARIO OM-1993 SIM - HOJA CONTINUACION. ANEXO IX DEFINICIONES ANEXO X FORMULARIO UNICO OM-1993 SIM Y HOJA CONTINUACION PARA IMPRESORA LASER. ANEXO XI CARACTERISTICAS DEL FORMULARIO UNICO OM-1993 SIM Y HOJA CONTINUACION PARA IMPRESORA LASER. ANEXO XII REQUERIMIENTOS MINIMOS DE IMPRESORAS LASER. NOTA: El original de la presente fue aprobado por Res.Nº 2708/93. Primera modificación aprobada por Res. Nº 596/94. Segunda modificación aprobada por Res. Nº 2738/94. Tercera modificación aprobada por Res. Nº 1575/96. [/T] Los diseños del formulario OM-1993 SIM para impresora laser pueden consultarse en el B. Oficial del 16/5/96. ANEXO XI CARACTERISTICA DEL FORMULARIO UNICO OM-1993 Y HOJA CONTINUACION PARA IMPRESORA LASER [T] 1.- MATERIAL: Papel obra blanco. 2.- GRAMAJE: 70 a 90 gramos/m2 3.- MEDIDAS: Tamaño: 8,5 x 11 pulgadas o 21,59 x 27,94 cm Caja de Impresión: 10 x 7,875 pulgadas 4.- IMPRESION: 4.1.- COLOR El frente y el dorso tendrán las lÃneas y escritura impresos en tinta negra, que facilite su lectura. 4.2.- DISEÑO: FRENTE Todos los ejemplares tendrán idéntico diseño. DORSO Todos los ejemplares tendrán idéntico diseño a excepción del formulario Hoja Continuación el cual es opcional, pudiendo encontrarse en blanco. [/T] 5.- CANTIDAD DE COPIAS: 5.1.- La cantidad mÃnima de copias a imprimir se ajustará según el tipo de operación, de la siguiente forma: - Importación a Consumo: copias 1 y 2. - Importación Temporaria: copias 1, 2 y 3. - Tránsitos de Importación: copias 1, 2, 3 y 4. - Exportación a Consumo: (*): copias 1, 2 y 3. - Exportación Temporaria: (*): copias 1, 2 y 3. - Otras operaciones: copias en número a determinar. (*) De tratarse de operaciones de tránsito se deberá imprimir la copia 4. 6.- NUMERACION: La numeración de las copias se encontrará impresa en el casillero superior derecho del formulario y además deberá aparecer grisada según modelo Anexo X. ANEXO XII REQUERIMIENTOS MINIMOS PARA IMPRESORAS LASER [T] - Depósito de no menos de 100 hojas - Interfaz paralela (serie opcional) - Lenguaje de impresión: PCL - Versión mÃnima soportada: 5 del lenguaje PCL - Resolución 300 x 300 puntos por pulgada - Memoria RAM: 2Mb para PCL [/T] ACLARACION: Deberá tenerse en cuenta que frente a la amplia oferta de marcas y modelos de impresoras que cumplen con los requisitos antes mencionados, no es posible garantizar que en todos los casos la impresión de los despachos generados a través del KIT del sistema MARIA se impriman a la velocidad nominal de dichas impresoras, debido a la complejidad de los despachos. Por lo cual se recomienda a los señores despachantes, que realicen pruebas de rendimiento antes de adquirir una impresora para ser utilizada con el sistema MARIA y asà asegurarse que la velocidad real de impresión coincide con la velocidad nominal de la impresora.