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Norma de Argentina

ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS

Resolución No. 01575/1996
(B.Oficial: 16-5-1996)      Derogada por: Resolución No. 02437/1996  (Fecha: 24-7-1996)

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SIM - Form p/Documentar. OM-1993 - Modifica Res. Nº 2708/93

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Resolución Nº 1575/96 - ANA
Buenos Aires, 7 de mayo de 1996.-
VISTO  la  Resolución  Nº  2708/93  y  la  Nota ANMA Nº 630/96 del
Sistema Informático MARIA, y
CONSIDERANDO:
Que por la misma, se aprobó el formulario OM-1993 SIM  "Formulario
Unico" y OM-1993 SIM "Hoja Continuación".
Que se hace  necesario introducir modificaciones  en virtud de  la
práctica obtenida como así también ante la posibilidad técnica  de
emplear  papel  no   continuo  y  mecanismos   de  impresión   por
computadora diferentes a los previstos a la fecha.
Que  la  presente  se  encuentra  enmarcada  dentro  del  plan  de
adecuación de la declaración del Sistema Informático MARIA el cual
prevé una continua  actualización de los  datos contenidos en  los
formularios, siendo ésta la primer etapa de actualización.
Que la presente  no implica desechar  el Formulario Unico  OM-1993
SIM  de  papel  continuo  el  que  mantendrá  vigencia  hasta   la
implementación de una etapa posterior.
Que  la  presente  se  dicta  de  conformidad  con  las facultades
conferidas por el Art. 23, incs. i) de la Ley 22.415.
Por ello,
EL ADMINISTRADOS NACIONAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ART. 1º.- Sustituir los Anexos  I "A" de la Resolución Nº  2708/93
por  el  Anexo  I  "B"  INDICE  TEMATICO,  que  se  aprueba por la
presente.
ART. 2º.- Aprobar  el FORMULARIO UNICO  OM-1993 SIM y  OM-1993 SIM
HOJA CONTINUACION para impresora láser, que pasará a  incorporarse
como Anexo X a la Resolución Nº 2708/93.
ART.  3º.-  Aprobar  las  CARACTERISTICAS  DEL  FORMULARIO   UNICO
1993-SIM y  OM-1993 SIM  Hoja Continuación  para impresora  láser,
que pasará a incorporarse  como Anexo XI a  la norma citada en  el
artículo precedente.
ART.  4º.-  Aprobar  los  REQUERIMIENTOS  MINIMOS  PARA IMPRESORAS
LASER, que pasará  a incorporarse como  Anexo XII a  la Resolución
Nº 2708/93.
ART.  5º.-  Los  usuarios  que  no  poseen impresoras láser podrán
seguir  utilizando  el  Formulario   Unico  OM-1993  SIM  y   Hoja
Continuación de papel continuo, vigente.
ART. 6º.- La  presente resolución comenzará  a regir a  partir del
20 de mayo de 1996.
ART. 7º  - Regístrese.  Publíquese en  el Boletín  Oficial y en el
de esta Administración Nacional. Remítase copia a la Subsecretaría
de Ingresos Públicos,  Secretaría del Convenio  Multilateral sobre
Cooperación y Asistencia Mutua  entre las Dirección de  Aduanas de
América  Latina,  España  y  Portugal  (México  - D.F.). Cumplido,
archívese.
Fdo.: Walter Defortuna
ANEXO I - "B"
INDICE TEMATICO
[T]
ANEXO II "A"     FORMULARIO UNICO OM-1993 S.I.M.
ANEXO III "A"    CARACTERISTICAS DEL FORMULARIO OM-1993 SIM Y
                 HOJA CONTINUACION.
ANEXO IV "A"     DATOS DEL FORMULARIO UNICO
ANEXO V          SOBRE CONTENEDOR OM-2133 S.I.M.
ANEXO VI         CARACTERISTICAS DEL FORMULARIO OM-2133
ANEXO VII        NORMAS DE INTEGRACION DEL SOBRE CONTENEDOR
ANEXO VIII       FORMULARIO OM-1993 SIM - HOJA CONTINUACION.
ANEXO IX         DEFINICIONES
ANEXO X          FORMULARIO UNICO OM-1993 SIM Y HOJA CONTINUACION
                 PARA IMPRESORA LASER.
ANEXO XI         CARACTERISTICAS DEL FORMULARIO UNICO OM-1993 SIM
                 Y HOJA CONTINUACION PARA IMPRESORA LASER.
ANEXO XII        REQUERIMIENTOS MINIMOS DE IMPRESORAS LASER.
NOTA: El original de la presente fue aprobado por Res.Nº 2708/93.
      Primera modificación aprobada por Res. Nº 596/94.
      Segunda modificación aprobada por Res. Nº 2738/94.
      Tercera modificación aprobada por Res. Nº 1575/96.
[/T]
Los diseños del formulario OM-1993 SIM para impresora laser pueden
consultarse en el B. Oficial del 16/5/96.
ANEXO XI
CARACTERISTICA DEL FORMULARIO UNICO OM-1993 Y HOJA CONTINUACION
PARA IMPRESORA LASER
[T]
1.- MATERIAL:
Papel obra blanco.
2.- GRAMAJE:
70 a 90 gramos/m2
3.- MEDIDAS:
Tamaño: 8,5 x 11 pulgadas o 21,59 x 27,94 cm
Caja de Impresión: 10 x 7,875 pulgadas
4.- IMPRESION:
4.1.- COLOR
El frente y  el dorso tendrán  las líneas y  escritura impresos en
tinta negra, que facilite su lectura.
4.2.- DISEÑO:
FRENTE
Todos los ejemplares tendrán idéntico diseño.
DORSO
Todos  los  ejemplares  tendrán  idéntico  diseño  a excepción del
formulario  Hoja  Continuación  el  cual  es  opcional,   pudiendo
encontrarse en blanco.
[/T]
5.- CANTIDAD DE COPIAS:
5.1.- La cantidad  mínima de copias  a imprimir se  ajustará según
el tipo de operación, de la siguiente forma:
- Importación a Consumo: copias 1 y 2.
- Importación Temporaria: copias 1, 2 y 3.
- Tránsitos de Importación: copias 1, 2, 3 y 4.
- Exportación a Consumo: (*): copias 1, 2 y 3.
- Exportación Temporaria: (*): copias 1, 2 y 3.
- Otras operaciones: copias en número a determinar.
(*) De tratarse de operaciones  de tránsito se deberá imprimir  la
copia 4.
6.- NUMERACION:
La numeración de las copias se encontrará impresa en el  casillero
superior derecho del formulario  y además deberá aparecer  grisada
según modelo Anexo X.
ANEXO XII
REQUERIMIENTOS MINIMOS PARA IMPRESORAS LASER
[T]
- Depósito de no menos de 100 hojas
- Interfaz paralela (serie opcional)
- Lenguaje de impresión: PCL
- Versión mínima soportada: 5 del lenguaje PCL
- Resolución 300 x 300 puntos por pulgada
- Memoria RAM: 2Mb para PCL
[/T]
ACLARACION:
Deberá tenerse en cuenta que  frente a la amplia oferta  de marcas
y  modelos  de  impresoras  que  cumplen  con los requisitos antes
mencionados, no es  posible garantizar que  en todos los  casos la
impresión de los despachos generados a través del KIT del  sistema
MARIA se  impriman a  la velocidad  nominal de  dichas impresoras,
debido a la complejidad de los despachos.
Por  lo  cual  se  recomienda  a  los  señores  despachantes,  que
realicen pruebas  de rendimiento  antes de  adquirir una impresora
para ser utilizada  con el sistema  MARIA y así  asegurarse que la
velocidad real de impresión  coincide con la velocidad  nominal de
la impresora.