ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS
Resolución Nº 2708/93 - ANA Buenos Aires, 22 de Octubre de 1993.- VISTO la implementación del Sistema MARIA, y CONSIDERANDO: Que es necesario diseñar un formulario único para documentar las destinaciones de importación y exportación, sean éstas definitivas para consumo o suspensivas. Que la presente norma se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Art. 23, inciso i) de la Ley Nº 22.415. Por ello, EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS RESUELVE: ART. 1º - Aprobar el Indice Temático que se agrega como Anexo I de la presente. ART. 2º - Aprobar los Formularios OM-1993 S.I.M.; Formulario Unico y OM-2133 S.I.M. -Sobre Contenedor- que se agregan como Anexos II y V de esta norma. ART. 3º - Aprobar las caracterÃsticas de los Formularios OM- 1993 y OM-2133, los datos del Formulario Unico y las Normas de Integración del Sobre Contenedor que figuran agregados como Anexos III, IV, VI y VII respectivamente de la presente. ART. 4º - RegÃstrese. PublÃquese en el BoletÃn Oficial y en el de esta Administración Nacional. RemÃtase copia a la SecretarÃa de Ingresos Públicos, a la SecretarÃa Administrativa del MERCOSUR (Montevideo - R.O.U.), SecretarÃa Administrativa de A.L.A.D.I. (Montevideo - R.O.U.), SecretarÃa del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas de América Latina, España y Portugal (México - D.F.). Cumplido, archÃvese. ANEXO I - "B" INDICE TEMATICO [T] ANEXO II "A" FORMULARIO UNICO OM-1993 S.I.M. ANEXO III "A" CARACTERISTICAS DEL FORMULARIO OM-1993 SIM Y HOJA CONTINUACION. ANEXO IV "A" DATOS DEL FORMULARIO UNICO ANEXO V SOBRE CONTENEDOR OM-2133 S.I.M. ANEXO VI CARACTERISTICAS DEL FORMULARIO OM-2133 ANEXO VII NORMAS DE INTEGRACION DEL SOBRE CONTENEDOR ANEXO VIII FORMULARIO OM-1993 SIM - HOJA CONTINUACION. ANEXO IX DEFINICIONES ANEXO X FORMULARIO UNICO OM-1993 SIM Y HOJA CONTINUACION PARA IMPRESORA LASER. ANEXO XI CARACTERISTICAS DEL FORMULARIO UNICO OM-1993 SIM Y HOJA CONTINUACION PARA IMPRESORA LASER. ANEXO XII REQUERIMIENTOS MINIMOS DE IMPRESORAS LASER. NOTA: El original de la presente fue aprobado por Res.Nº 2708/93. Primera modificación aprobada por Res. Nº 596/94. Segunda modificación aprobada por Res. Nº 2738/94. Esta es la tercer modificación aprobada por Res.Nº 1575/96. [/T] ANEXO II Nota: VER FORMULARIO UNICO OM-1993 S.I.M. EN EL BOLETIN OFICIAL DEL 08/11/93. ANEXO III CARACTERISTICAS DEL FORMULARIO OM-1993 [T] 1.- MATERIAL: Papel blanco continuo quÃmico. 2.- GRAMAJE: 1er. ejemplar: 57 grs. x mý Resto de copias: 47 grs. x mý 3.- MEDIDAS: TROQUELADO: 22 cm. x 30.6 cm. (12") CAJA DE IMPRESION: 21.1 cm. x 29.3 cm. 4.- IMPRESION: 4.1. COLOR: El frente y el dorso tendrán las lÃneas y escritura impresos en tinta color intenso, que facilite su lectura. Ejemplar: 1: Color rojo 2: Color verde 3: Color naranja 4: Color azul [/T] 4.2. DISEÑO: FRENTE: Todos los ejemplares en el frente tendrán idéntico diseño. DORSO: Los ejemplares 1,2 y 3 serán de igual diseño. El ejemplar 4 tendrá en el dorso un espacio en blanco "Reservado para intervenciones aduaneras". 5.- NUMERACION: Todos los ejemplares del formulario estarán numerados (del 1 al 4) en el recuadro del ángulo superior derecho. ANEXO IV DATOS DEL FORMULARIO UNICO [T] CAMPOS DATOS REGISTRADOS SUBREGIMEN: Literalmente el nombre de la destinación que se documenta. (Anexo II Resol. 2707/93). ADUANA: Aquella por la que se registra la operación. OFICIALIZACION: Fecha de oficialización. IDENTIFICADOR: Año / Ad. / Tipo / Nº Reg. / Dc. 1 2 3 4 5 1.- De registro de la operación. 2.- Código de Aduana de registro (Anexo XX Resol. 2707/93). 3.- Código de Subrégimen. 4.- Nº de registro definitivo de la operación. 5.- DÃgito de control asignado por el Sistema. [/T] FOJAS: Nº de foja y cantidad total de fojas que componen el documento único. IMPORTADOR/EXPORTADOR: Nombre o razón social tal como figura registrado en la aduana. C.U.I.T.: Nº completo del CUIT del Importador/Exportador. DESPACHANTE: Nombre o razón social tal como figura registrado en la aduana. C.U.I.T.: Nº completo del CUIT del Despachante. AGENTE DE TRANSPORTE ADUANERO: Nombre o razón social tal como figura registrado en la aduana. C.U.I.T.: Nº completo del CUIT del Agente de Transporte. VENDEDOR: Nombre o razón social del vendedor en el extranjero. VIA: La utilizada para transportar la mercaderÃa (Anexo XXIV Resol. 2707/93). DOCUMENTO DE TRANSPORTE: Nº del documento que ampara la mercaderÃa que podrá ser: POR VIA AEREA: [T] - Para compañÃas inscriptas en IATA: 1= Código de compañÃa 2= Nº de guÃa ------ ------ - Para las guÃas desconsolidadas: 1= XXX 2= Nº de guÃa desconso- lidada ------ ------ - Para compañÃas no inscriptas en IATA: 1= DDD 2= Nº de guÃa ------ ------ - Para vÃa marÃtima: 1= Código Puerto de Embarque 2= Nº de conocimiento ------ ------ - Para vÃa terrestre: 1= Código Lugar de Embarque 2= Nº de conocimiento ------ ------ IDENTIFICADOR MANIFIESTO: Estará compuesto por: ---- ---- ---- ---- ---- 01 02 03 04 05 01.- Año. 02.- Aduana (Anexo XX Resol. 2707/93). 03.- Tipo de Declaración (MANI). 04.- Número. 05.- Letra Clave. NOMBRE DEL TRANSPORTE: Según el medio de transporte empleado. AEREO: MatrÃcula del avión. BUQUE: Nombre. FERROCARRIL: Número de vagón. CAMION: MatrÃcula de camión/semi. [/T] BANDERA: Bandera del paÃs de matriculación del medio transportador. (Anexo XXI Resol. 2707/93). PUERTO DE EMBARQUE: Nombre del puerto en donde se embarca la mercaderÃa. FECHA DE ARRIBO: Fecha que ingresa el medio transportador tendrá el siguiente formato: DD/MM/AAAA. MARCAS Y NUMEROS: Identifican a cada envase. Si todos los bultos tienen la misma marca, ésta se pondrá una sola vez y si los Nº que identifican a cada bulto son correlativos se asentará el primero y el último de la serie, separados por una barra. EMBALAJE: Descripción del embalaje en el cual es acondicionada la mercaderÃa. (Anexo XXV Resol. 2707/93). TOTAL BULTOS: Cantidad de bultos presentados a Despachos. PESO BRUTO: Peso total de la mercaderÃa que ampara la operación. DEPOSITO: Descripción literal del depósito, donde se almacena la mercaderÃa previa a su destino. VENCIMIENTO EMBARQUE: Para exportación, fecha hasta la cual se autoriza el embarque de la mercaderÃa. PLAZO: Corresponde al plazo del vencimiento en una operación de importación o de exportación de carácter suspensiva., EnvÃos Escalonados y otros. MOTIVO/Nº AUTORIZACION: De tratarse de una destinación que corresponda autorización previa deberá registrarse el motivo y Nº de autorización correspondiente. ADUANA DESTINO/SALIDA: Nombre de la Aduana de destino o salida de la mercaderÃa. Si se tratare de una importación se registrará la descripción literal de la Aduana a la cual se consigna la operación. (Anexo XX Resol. 2707/93). CONDICION DE VENTA: En forma literal la sigla correspondiente a la condición de venta. (Anexo XVIII Resol. 2707/93). FOB TOTAL: Importe del valor FOB TOTAL en divisa. DIVISA: Descripción literal de la divisa del valor FOB. (Anexo XVII Resol. 2707/93). FLETE TOTAL: Importe total del Flete en divisa. DIVISA: Descripción literal de la divisa del valor Flete. (Anexo XVII Resol. 2707/93). SEGURO TOTAL: Importe total del Seguro en divisa. DIVISA: Descripción literal de la divisa del Seguro. (Anexo XVII Resol. 2707/93). GARANTIAS: Se indicarán los Nros. de GarantÃas afectadas a la operación. INFORMACION COMPLEMENTARIA: A la declaración general de la operación. Nº ITEM: El que corresponda en orden correlativo. TIPO: De acuerdo al Subrégimen, el tipo de Ãtem podrá ser: N = Normal. - Para operaciones de transformación: G = Producto final. D = Insumos. POSICION SIM/DC: Estará compuesta de la siguiente manera: SIM: La que corresponda a clasificación de la mercaderÃa en el Arancel Integrado Aduanero basado en la NCE (Resol. 2559/93 ANA). DC: DÃgito control de la posición arancelaria SIM. NALADISA/GATT: Posición NALADISA asociada a la Posición SIM o Posición NADI (4 pares) asociada a la Posición SIM mejorada en el GATT. LISTA: Acuerdo correspondiente a las posiciones SIM/NALADISA o SIM/GATT (Anexo XIII Resol. 2707/93). ESTADO: El de la mercaderÃa. (Anexo XXI Resol. 2707/93). TOTAL KG. NETO: El peso neto de la mercaderÃa del Item. ORIGEN PAIS/PROVINCIA: Nombre del paÃs de cual resultara originariamente la mercaderÃa. (Anexo XXI Resol. 2707/93). Para mercaderÃa de origen Argentino se indicará la provincia y/o partido en caso de corresponder. PAIS DE PROCEDENCIA: PaÃs donde fue expedida la mercaderÃa, con destino final al paÃs. INFORMACION ADICIONAL: Datos adicionales del Ãtem, declarados oportunamente por el documento o exigidos por el arancel informático. UNIDAD ESTADISTICA: Unidad de cantidad estadÃstica exigida por el sistema a través de la Posición SIM (Resol. 2537/93 ANA). CANTIDAD UNIDAD ESTADISTICAS: Que correspondan a la mercaderÃa que se declara. CANCELACION DE DECLARACIONES DETALLADAS ANTERIORES. ITEM: El Nº de Item a cancelar. U: Código de unidad de medida declarado en la Declaración a cancelar. CANTIDAD UNIDADES: La cantidad a cancelar. VALOR INSUMOS IMPORTADOS: El declarado en la Declaración a cancelar. CERTIFICADO TIPIFICACION: Nº certificado de tipificación que ampara la detallada a cancelar. SUFIJOS: Declaración complementaria a la Posición SIM para la determinación del tratamiento aduanero, que resumen en códigos los textos a validar únicos o por opciones. (Anexo III, V al XII y XXVI Resol. 2707/93). SUFIJOS DE VALOR: Declaración complementaria a la Posición SIM que brinde las caracterÃsticas técnicas de las mercaderÃas y a los fines estadÃsticos, de la valoración o de investigación, compuestos por: - sufijos de capÃtulo (C), sufijo de Partida (P), sufijos de subpartida (S) y sufijos de posición (N) acorde al nivel de la NCE que afectan su desarrollo tal que para una dada mercaderÃa se puede elegir un solo sufijo de cada grupo o ninguno. (Resol. 2659/93 ANA). por Ãtem. VENTAJAS: Declaración complementaria a la Posición SIM mediante la cual el documentante establece la correspondencia de un tratamiento aduanero más ventajoso que el general o de excepción (Anexo IV Resol. 2707/93). VALOR MERCADERIA UNITARIO EN DIVISA: Valor unitario de la mercaderÃa expresado en divisa. UNIDAD: Unidad de venta de la mercaderÃa, según tabla basada en la SIMELA. (Anexo XV Resol. 2707/93). CANTIDAD UNIDADES: Unidades totales del Ãtem. FOB TOTAL EN DIVISA: Fob total del Ãtem en divisa. FOB TOTAL EN DOLAR: Fob total del Ãtem expresado en dolar. PRECIO OF UNIT/DER. ESPECIFICO: Valor unitario en dolar, del Precio Oficial o Derecho EspecÃfico que corresponda a la posición arancelaria declarada. UNIDAD: Tipo de unidad de medida del Precio Oficial o Derecho EspecÃfico. COEF./CANT. UNIDADES: 1.- Coeficiente: De estar incluido en el valor de venta los derechos y demás tributos correspondientes a la exportación se declara el coeficiente de deducción obtenido en la tabla E de la Resolución 4820/82. 2.- Cantidad de Unidades: Del Precio Oficial o Derecho EspecÃfico que amparan la operación. DOCUMENTOS A PRESENTAR: Documentación complementaria que debe acompañar a la Declaración. (Anexo XVI Resol. 2707/93). VALOR EN ADUANA. AJUSTE A INCLUIR EN DIVISA: Importe total de los ajustes a incluir al valor de venta en divisa correspondiente al Ãtem. AJUSTE A INCLUIR EN DIVISA: Importe total de los ajustes a deducir al valor de venta en divisa correspondiente al Ãtem. VALOR EN ADUANA EN DIVISA: Valor a los fines de la tributación para la importación o exportación de acuerdo a normas en vigencia. VALOR EN ADUANA EN DOLAR: Corresponde al Valor en Aduana de la mercaderÃa expresada en dólar. BASE IVA/GANACIAS EN DOLAR: El valor de la Base Imponible IVA de acuerdo a normas en vigencia. BASE IMPUESTOS INTERNOS EN DOLAR: Base imponible para la liquidación de impuestos internos expresada en dólar de acuerdo a normas en vigencia. INSUMOS IMPORTADOS TEMPORAR. EN DOLAR: Valor en Aduana total de los insumos importados temporariamente del Ãtem expresados en dólar. INSUMOS IMPORTADOS A CONSUMO EN DOLAR: Valor en Aduana total de los insumos importados en forma directa a consumo del Ãtem expresados en dólar. VALOR PARA REINTEGROS EN DOLAR: Base para el cálculo de los reintegros en dólar de acuerdo a normas en vigencia. LIQUIDACION: Porc. = Porcentaje de los Derechos, Tributos y EstÃmulos correspondientes a la liquidación del Item. P/G/C: Indicadores correspondientes a: P= Pagado (Derechos y tributos). G= Garantizado (Derechos y tributos). C= A cobrar (EstÃmulos a la exportación). IMPORTE: Importe que resulte de aplicar el porcentaje declarado (Porc.) sobre la Base de Cálculo correspondiente. PAGADO: Sumatoria de los derechos pagados del Item. GARANTIZADO: Sumatoria de los derechos garantizados del Item. A COBRAR: Sumatoria de los derechos a cobrar del Item. CONCEPTOS: Descripción literal del gravamen, tributo o estÃmulo aplicado. (Anexo XXII Resol. 2707/93). P/G/C: Indicadores correspondientes a los totales: P= Tributos Pagados. G= Tributos Garantizados. C= EstÃmulos a la exportación a cobrar. IMPORTE: Importe que resulte de la sumatoria de los conceptos aplicados a todos los Ãtems de la destinación. PAGADO: Sumatoria de los derechos/tributos pagados. GARANTIZADO: Sumatoria de los derechos/tributos garantizados. A COBRAR: Sumatoria de los estÃmulos a cobrar. CANAL ASIGNADO: Canal asignado para la destinación. UTVV: Nº de legajo de la UTVV interviniente. [T] Firma y Sello Despachante de Aduana: Aclaración: [/T] ANEXO V VER SOBRE-CONTENEDOR OM-2133 S.I.M. EN EL BOLETIN OFICIAL DEL 08/11/93. ANEXO VI CARACTERISTICAS SOBRE CONTENEDOR DEL FORMULARIO UNICO - OM-2133. [T] 1.- MATERIAL: Cartulina blanca. 2.- GRAMAJE: 142 grs. x mý. 3.- MEDIDAS: 24 cm. x 32 cm. (+ 1 cm. de solapa de cada lado e inferior). 4.- IMPRESION: En tinta color intenso. IMPORTACION: Bordes y tinta color naranja. EXPORTACION: Bordes y tinta color verde. [/T] ANEXO VII NORMAS DE INTEGRACION DEL SOBRE CONTENEDOR ADUANA: Aduana de registro de la operación. DESTINACION Nº: Identificador de la Declaración Detallada. CANAL SELECTIVO: El asignado por el sistema. DATOS DEL DOCUMENTANTE IMPORTADOR/EXPORTADOR Y DESPACHANTE: Completarán todos los datos personales tales como figuren en el registro aduanero. Nº O NOMBRE DEL MEDIO: El que corresponda según sea la vÃa. FECHA DE ENTREGA: Del medio transportador. REGISTRO: Nº identificador del manifiesto. GIRO: Dársena o plazoleta, según sea, marÃtimo o terrestre respectivamente. ELEMENTOS INTEGRANTES DE LA CARPETA: Se seleccionará con una "x" la documentación complementaria que acompaña a la Declaración en el sobre. También seleccionará el ramo según la mercaderÃa declarada de corresponder y la UTVV al recibir el sobre intervendrá el mismo con constancia de recepción. Luego de completar los datos del documentante firmará el sobre contenedor haciéndose responsable de los datos declarados. En lo que resta del sobre se realizarán todas las intervenciones aduaneras correspondientes. ANEXO XI CARACTERISTICA DEL FORMULARIO UNICO OM-1993 Y HOJA CONTINUACION PARA IMPRESORA LASER 1.- MATERIAL: Papel obra blanco. 2.- GRAMAJE: 70 a 90 gramos/m2 3.- MEDIDAS: Tamaño: 8,5 x 11 pulgadas o 21,59 x 27,94 cm Caja de Impresión: 10 x 7,875 pulgadas 4.- IMPRESION: 4.1.- COLOR El frente y el dorso tendrán las lÃneas y escritura impresos en tinta negra, que facilite su lectura. 4.2.- DISEÑO: FRENTE Todos los ejemplares tendrán idéntico diseño. DORSO Todos los ejemplares tendrán idéntico diseño a excepción del formulario Hoja Continuación el cual es opcional, pudiendo encontrarse en blanco. 5.- CANTIDAD DE COPIAS: 5.1.- La cantidad mÃnima de copias a imprimir se ajustará según el tipo de operación, de la siguiente forma: - Importación a Consumo: copias 1 y 2. - Importación Temporaria: copias 1, 2 y 3. - Tránsitos de Importación: copias 1, 2, 3 y 4. - Exportación a Consumo: (*): copias 1, 2 y 3. - Exportación Temporaria: (*): copias 1, 2 y 3. - Otras operaciones: copias en número a determinar. (*) De tratarse de operaciones de tránsito se deberá imprimir la copia 4. 6.- NUMERACION: La numeración de las copias se encontrará impresa en el casillero superior derecho del formulario y además deberá aparecer grisada según modelo Anexo X. NOTA: Este Anexo fue incorporado por Res. Nº 1575/96 ANEXO XII REQUERIMIENTOS MINIMOS PARA IMPRESORAS LASER - Depósito de no menos de 100 hojas - Interfaz paralela (serie opcional) - Lenguaje de impresión: PCL - Versión mÃnima soportada: 5 del lenguaje PCL - Resolución 300 x 300 puntos por pulgada - Memoria RAM: 2Mb para PCL ACLARACION: Deberá tenerse en cuenta que frente a la amplia oferta de marcas y modelos de impresoras que cumplen con los requisitos antes mencionados, no es posible garantizar que en todos los casos la impresión de los despachos generados a través del KIT del sistema MARIA se impriman a la velocidad nominal de dichas impresoras, debido a la complejidad de los despachos. Por lo cual se recomienda a los señores despachantes, que realicen pruebas de rendimiento antes de adquirir una impresora para ser utilizada con el sistema MARIA y asà asegurarse que la velocidad real de impresión coincide con la velocidad nominal de la impresora. NOTA: Este Anexo fue incorporado por Res. Nº 1575/96. Fdo.: GUSTAVO A. PARINO