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Norma de Argentina

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Comunicado No. 03500/2002
(B.Oficial: 20-3-2002)

Entidades Financieras - Determinación del tipo de cambio   Descargue el PDF

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION "A" 3500 (01/03/02). Ref.: Circular CAMEX 1-333. Disposiciones para la determinación del tipo de cambio de referencia.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó las siguientes disposiciones aplicables a la determinación de un tipo de cambio de referencia:

1. El Banco Central obtendrá cada día hábil bancario cotizaciones del tipo de cambio de compra y venta del dólar estadounidense para operaciones liquidables en pesos y dólares estadounidenses en la fecha de cotización. Esas cotizaciones, solicitadas a través del sistema SIOPEL del Mercado Abierto Electrónico a todas las entidades participantes, deberán reflejar las condiciones predominantes en el mercado de cambios mayorista. Esos pedidos de cotización serán realizados en tres rondas diarias:

entre las 10:00 y 10:59; entre las 12:00 y 12:59 y entre 14:00 y 14:59.

2. Para tal efecto, el Banco Central seleccionará aleatoriamente dentro de cada uno de dichos períodos un intervalo de quince minutos para solicitar las cotizaciones mencionadas de al menos cuatro entidades.

3. El Banco Central solicitará dichas cotizaciones por un monto que refleje la práctica predominante en el mercado de cambios mayorista. El monto será el mismo para todos los períodos mencionados.

4. Las cotizaciones presentadas a través del sistema SIOPEL tendrán el carácter de obligatorias e irrevocables.

5. Las cotizaciones deberán ser representativas de las condiciones predominantes en el mercado de cambios al momento de ser presentadas.

6. El Banco Central podrá no tomar en cuenta las cotizaciones que no se ajusten a lo dispuesto en las presentes disposiciones.

7. El Banco Central procederá a calcular el tipo de cambio de equilibrio correspondiente a cada uno de los períodos mencionados aplicando el procedimiento a que se refiere el Anexo I a la presente Comunicación. Posteriormente obtendrá el promedio aritmético de los tres tipos de cambio de equilibrio, cerrando el resultado a cuatro decimales.

8. El Banco Central informará mediante comunicado de prensa el tipo de cambio que resulte conforme al procedimiento previsto y lo publicará en la página institucional el día hábil bancario inmediato siguiente.

9. La Biblioteca del Banco Central mantendrá, a disposición de los interesados, información sobre las cotizaciones referidas a partir del tercer día hábil bancario siguiente a la fecha en que el Banco Central haya solicitado las cotizaciones correspondientes, indicando el nombre de las instituciones que las presentaron.

10. Las entidades que están dispuestas a participar en el presente esquema de cotizaciones deberán enviar una nota expresando ese deseo y su compromiso a la Gerencia de Operaciones Externas.

El texto de esa nota se acompaña en Anexo II.

ANEXO II

Texto a ser enviado por las entidades que deseen participar en el esquema de cotización:

A la Gerencia de Operaciones Externas
Banco Central de la República Argentina
Reconquista 266
1003 Buenos Aires Argentina

Por la presente manifestamos nuestro interés en participar de la encuesta sobre la cotización del tipo de cambio que solicitará diariamente ese Banco Central a través del sistema SIOPEL del Mercado Abierto Electrónico, tal como está previsto en la Comunicación "A" 3500. De esta manera nos comprometemos a suministrar las cotizaciones que nos sean requeridas.

Saludamos a Uds. atentamente.

e. 20/3 N° 378.755 v. 20/3/2002