DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Resolución Nº 347/97 - DGA Buenos Aires, 28 de Octubre de 1997 VISTO las Resoluciones Nº 3612/96, Nº 4216/96 y Nº 1564/97, mediante las cuales se suspendió el trámite y la presentación de solicitudes de habilitación de Depósitos Fiscales Generales y Particulares, en el marco de la Resolución Nº 3343/94, y CONSIDERANDO: Que en Virtud a que a la fecha se mantienen las causales que motivaron su dictado, corresponde disponer la prórroga de aquella medida. Que sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, debe excluirse de la misma las habilitaciones de depósitos fiscales destinados exclusivamente a la exportación, teniendo en cuenta que su existencia facilita y simplifica la operatoria y el control de estas destinaciones las cuales, en definitiva, no son el objeto de esta decisión. Que la presente se dicta en uso de la facultad conferida por el ArtÃculo 9º, Apartado 2º, Inciso n), del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997. Por ello; EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESUELVE: ART. 1º.- Prorrogar hasta el 30 de junio de 1998 la suspensión del trámite y la presentación de habilitación de Depósitos Fiscales. ART. 2º.- Lo dispuesto en el artÃculo anterior no alcanza a los Depósitos Fiscales destinados exclusivamente a las exportaciones. ART. 3º.- Cuando se acredite el efectivo perjuicio que irrogue al interesado la medida dispuesta, esta DIRECCION GENERAL otorgará excepcionalmente la habilitación en el marco de la Resolución Nº 3343/94. ART. 4º.- RegÃstrese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. PublÃquese en el BoletÃn de esta DIRECCION GENERAL. RemÃtase copia a la SECRETARIA DE HACIENDA, a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL GRUPO MERCADO COMUN -SECCION NACIONAL- y a la SECRETARIA DEL CONVENIO DE COOPERACION Y ASISTENCIA ENTRE LAS ADUANAS DE AMERICA LATINA, ESPAÑA y PORTUGAL (MEXICO - D.F.). Cumplido, archÃvese. Fdo.: OSMAR L. DE VIRGILIO.