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Norma de Argentina

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERV

Resolución No. 00888/1997
(B.Oficial: 7-8-1997)

Régimen de Envíos Escalonados - Prórroga especial - P.Companc S.A.   Descargue el PDF
Régimen de Envíos Escalonados - Prórroga especial - P.Companc S.A.

Régimen de Envíos Escalonados - Prórroga especial - P.Companc S.A.

Resolución Nº 888/97 - MOS
Buenos Aires, 5 de Agosto de 1997
VISTO el expediente Nº  020-000419/97 del Registro del  MINISTERIO
DE  ECONOMIA  Y  OBRAS  Y  SERVICIOS  PUBLICOS y sus agregados sin
acumular Nros. 416.366/97, 432.338/96, 433.507/96 y 409.112/96 del
Registro de la ex-ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS, y
CONSIDERANDO:
Que a través de los expedientes citados en el VISTO la firma PEREZ
COMPANC S.A.  solicita una  prórroga especial  para la utilización
del Régimen  de Envíos  Escalonados creados  por la  resolución Nº
1243 del 28  de octubre de  1992, modificada por  la resolución Nº
924 del 17 de julio de 1996, ambas de este Ministerio.
Que,  con  fecha  16  de  mayo  de  1996,  la firma recurrente fue
autorizada  a   utilizar  dicho   régimen  por   el   Departamento
Técnica  de  Nomenclatura  y   Clasificación  Arancelaria  de   la
ex-ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS  a través de la  Disposición
Nº  53,  habiéndose  dispuesto  el  24  de  octubre del mismo año,
mediante la Disposición Nº 103, la prórroga del plazo  establecido
por CIENTO OCHENTA, (180)  días adicionales, los cuales  vencieron
el 12 de mayo de 1997.
Que, paralelamente, la ex-SECRETARIA DE COMERCIO E INVERSIONES del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS  Y SERVICIOS PUBLICOS, a través  de
la  resolución  Nº  127  del  6  de  Junio de 1996, otorgó a PEREZ
COMPANC S.A. los beneficios establecidos por la resolución Nº  857
del 14  de julio  de 1994  del MINISTERIO  DE ECONOMIA  Y OBRAS  Y
SERVICIOS  PUBLICOS  para  la  importación  de una planta Llave en
Mano  consistente  en  una  central  para la generación de energía
eléctrica  de  ciclo  combinado   y  de  alta  potencia   (CENTRAL
TERMOELECTRICA GENELBA) a  ser instalada en  el Partido de  MARCOS
PAZ, Provincia de BUENOS AIRES.
Que en  la citada  resolución Nº  127 del  6 de  junio de  1996 se
previó, con  carácter de  excepción al  plazo máximo improrrogable
de UN (1) año,  dispuesto por el artículo  8º de la resolución  Nº
380 del 2 de noviembre de  1994 de la ex-SECRETARIA DE COMERCIO  E
INVERSIONES  del  MINISTERIO  DE  ECONOMIA  Y  OBRAS  Y  SERVICIOS
PUBLICOS -reglamentaria general de la resolución Nº 857 del 14  de
julio  de  1994  del  MINISTERIO  DE  ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS- que el despacho a plaza de los bienes deberá  concluirse
en un plazo máximo de VEINTITRES  (23) MESES Y MEDIO en virtud  de
que la DIRECCION  NACIONAL DE PROSPECTIVA  de la SUBSECRETARIA  DE
ENERGIA del MINISTERIO  DE ECONOMIA Y  OBRAS Y SERVICIOS  PUBLICOS
había expresado  que la  magnitud y  las características  técnicas
del  Proyecto  GENELBA  hacían  razonable  la  fijación  del plazo
citado.
Que, en consecuencia,  la firma PEREZ  COMPANC S.A. solicita,  con
carácter  de  excepción,  un  plazo  adicional  al  previsto en el
Régimen de Envíos Escalonados para  el despacho a plaza de  bienes
integrantes del  Proyecto GENELBA,  hasta su  coincidencia con  la
autorización acordada por  la resolución Nº  127 del 6  deJunio de
1996 de la ex-SECRETARIA DE COMERCIO E INVERSIONES del  MINISTERIO
DE  ECONOMIA  Y  OBRAS  Y  SERVICIOS  PUBLICOS,  es decir hasta el
cumplimiento del plazo de VEINTITRES  (23) MESES Y MEDIO a  contar
desde la misma fecha.
Que en virtud  de lo expresado  en los Considerandos  precedentes,
corresponde hacer  lugar a  la petición  interpuesta por  la firma
PEREZ COMPANC S.A.
Que,  asimismo,  y  a  fin  de contemplar situaciones análogas que
podrían   presentarse   como   consecuencia   de   operaciones  de
importación  de  bienes  integrantes  de  Plantas  Llave  en  Mano
realizadas al amparo de lo  dispuesto en la resolución Nº  502 del
7 de noviembre de 1995 de este Ministerio y cuyo plazo de  ingreso
al país hubiere sido previsto  con excepción al establecido en  el
artículo 11 de la misma,  se estima conveniente la adecuación  del
Régimen de Envíos Escalonados creado por la resolución Nº 1243 del
28 de octubre de l992 y modificado por la resolución Nº 924 del 17
de  julio  de  1996,  ambas  del  MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS.
Que la DIRECCION GENERAL  DE ASUNTOS JURIDICOS de  este Ministerio
ha  tomado  la  intervención  que  le  compete dictaminando que el
dictado de la presente medida es legalmente viable.
Que  la  presente  resolución  se  dicta  en uso de las facultades
conferidas por la Ley de Ministerios, texto ordenado en 1992.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
ART.  1º.-  Prorrógase  hasta  el  20  de  mayo  de  1998 el plazo
autorizado a la firma PEREZ COMPANC S.A. por la  ex-ADMINISTRACION
NACIONAL DE ADUANAS a través de las Disposiciones Nros. 53 del  16
de mayo de 1996 y 103  del 24 de octubre de 1996  del Departamento
Técnica  de  Nomenclatura  y  Clasificación  Arancelaria  para  la
importación,  bajo  el  Régimen  de  Envíos  Escalonados,  de  las
mercaderías  consignadas  en  la  primera  de  las   disposiciones
citadas.
ART. 2º.- Sustitúyese el artículo 5º de la resolución Nº 1243  del
28 de octubre de 1992 modificado por la resolución Nº 924, del  17
de  julio  de  1996,  ambas  de  este  Ministerio,  por  el  que a
continuación se indica:
"ARTICULO   5º.-   La   DIRECCION   GENERAL   DE   ADUANAS  de  la
ADMINISTRACION  FEDERAL   DE  INGRESOS   PUBLICOS  autorizará   la
utilización del régimen que por  la presente se crea por  un plazo
máximo  de  CIENTO  OCHENTA  (180)  días, pudiendo prorrogarlo por
un período que no podrá exceder el del plazo originario.
En los casos que mediaren  impedimentos o razones de fuerza  mayor
debidamente  comprobados  que  no  le  permitieren  al  interesado
concluir  las   operaciones  de   importación  o   de  exportación
alcanzadas  por  el  Régimen  de  Envíos Escalonados en los plazos
previstos, se podrá solicitar al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS  Y
SERVICIOS PUBLICOS una última  prórroga adicional que no  excederá
el plazo de NOVENTA (90) días.
Cuando  se  tratare  de  operaciones  de  importación  de   bienes
integrantes de plantas  Llave en Mano  realizadas al amparo  de lo
dispuesto en la resolución  Nº 502 del 7  de noviembre de 1995  de
este  Ministerio  y  cuyo  plazo  de  ingreso al país hubiere sido
previsto con  excepción al  establecido en  el artículo  11 de  la
citada  resolución  en  atención  a  la magnitud y características
técnicas  del   proyecto  involucrado,   se  podrá   solicitar  al
MINISTERIO  DE  ECONOMIA  Y  OBRAS  Y SERVICIOS PUBLICOS una única
prórroga  especial  para  la  utilización  del  Régimen  de Envíos
Escalonados  hasta   completar,  corno   máximo,  el   período  de
VEINTICUATRO (24) meses contados a partir de la fecha de la  norma
que  otorgue  los  beneficios  aplicables  a la importación de los
bienes mencionados".
ART. 3º.- La  presente resolución comenzará  a regir a  partir del
día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ART. 4º.-  Comuníquese, publíquese,  dése a  la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese.
Fdo.: ROQUE B. FERNANDEZ.